viernes, 24 de marzo de 2017

Lista de verificación NORMA Oficial Mexicana NOM-012-STPS-2012, Condiciones de seguridad y salud en los centros de trabajo donde se manejen fuentes de radiación ionizante.


NORMA Oficial Mexicana NOM-012-STPS-2012, Condiciones de seguridad y salud en los centros de trabajo donde se manejen fuentes de radiación ionizante.
ESTANDAR
SITUACIÓN ACTUAL
ACCIONES PREVENTIVAS/CORRECTIVAS
Se cuenta con programa de protección radiológica que contenga al menos lo siguiente: a) Las actividades para dar cumplimiento con el programa, la duración de las mismas y los responsables de su instrumentación y supervisión;
b) El manual de procedimientos administrativos y de operación en cuanto a seguridad radiológica;
c) La descripción de los recursos administrativos y técnicos, así como del sistema de comunicación y coordinación entre las diferentes áreas involucradas en el centro de trabajo para el cumplimiento del programa, y
d) Los procedimientos para la investigación de incidentes o accidentes.


Se cuenta con plan a emergencias radiológicas que contengan lo siguiente: a) La descripción de las situaciones de emergencia previsibles, las medidas por adoptar en cada caso y los responsables de ejecutarlas;
b) Las limitaciones y restricciones a la exposición durante la emergencia al personal ocupacionalmente expuesto y a las personas cercanas a dicha emergencia;
c) Los primeros auxilios que se brindarán a los trabajadores y su canalización inmediata a la asistencia médica;
d) La realización de actividades para el control de la situación anormal, y
e) La aplicación de medidas correctivas, de conformidad con los límites de equivalente de dosis, una vez logrado el control de la emergencia.


Se cuentan con medidas de protección en las instalaciones y zonas de riesgo, deberán considerar, según aplique, lo siguiente:
a) Los tiempos y frecuencias de exposición;
b) El aumento de la distancia entre el trabajador y la fuente de radiación ionizante;
c) El uso de blindajes de protección;
d) El uso de dispositivos o controles remotos, en aquellos casos en que se justifique, y
e) La disposición de alarmas y equipos de extinción de incendios o, en su caso, sistemas de detección y de extinción de incendios.


Cuando se excedan los límites de equivalente de dosis establecidos en el Reglamento General de Seguridad Radiológica, se deberá realizar un análisis de la causa raíz que originó el evento, y proceder a aplicar las medidas de control pertinentes, según aplique, entre otras:
a) El paro de la actividad;
b) La revisión de procedimientos;
c) La revisión del diseño y acondicionamiento de las instalaciones;
d) La limitación de tiempos y frecuencias de exposición del personal ocupacionalmente expuesto a fuentes de radiación ionizante;
e) La contención de fuentes de radiación ionizante;


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