domingo, 19 de marzo de 2017

Lista de verificación NORMA Oficial Mexicana NOM-001-STPS-2008, Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo- Condiciones de seguridad.


NORMA Oficial Mexicana NOM-001-STPS-2008, Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo-
Condiciones de seguridad.
ESTANDAR
SITUACIÓN ACTUAL
ACCIONES PREVENTIVAS/CORRECTIVAS
Se cuenta con orden y limpieza permanentes en las áreas de trabajo, así como en pasillos exteriores a los edificios, estacionamientos y otras áreas comunes del centro de trabajo, de acuerdo al tipo de actividades que se desarrollen


Se encuentran delimitadas las áreas de producción, de mantenimiento, de circulación de personas y vehículos, las zonas de riesgo, de almacenamiento y de servicios. Tal delimitación puede realizarse con barandales; con cualquier elemento estructural; con franjas amarillas de al menos 5 cm de ancho, pintadas o adheridas al piso, o por una distancia de separación física.


Las escaleras, rampas, escaleras manuales, puentes y plataformas elevadas se mantienen  en condiciones tales que eviten que el trabajador resbale al usarlas.


Los elementos estructurales tales como pisos, puentes o plataformas, entre otros, destinados a soportar cargas fijas o móviles, deben ser utilizados para los fines a que fueron destinados. En caso de requerir un cambio de uso, se debe evaluar si los elementos estructurales tienen la capacidad de soportar las nuevas cargas y, en su caso, hacer las adecuaciones necesarias para evitar riesgos de trabajo.


Los edificios y elementos estructurales soportan las cargas fijas o móviles de acuerdo a la naturaleza de las actividades que en ellos se desarrollen, de tal manera que su resistencia evite posibles fallas estructurales y riegos de impacto, para lo cual deben considerarse las condiciones normales de operación y los eventos tanto naturales como incidentales que puedan afectarlos.


Se cuenta con  protecciones tales como cercas provisionales o barandales desmontables, de una altura mínima de 90 cm u otro medio que proporcione protección, cuando tengan  aberturas temporales de escotillas, conductos, pozos y trampas, durante el tiempo que se requiera la abertura.


Las escaleras tienen un ancho constante de al menos 56 cm en cada tramo recto y, en ese caso, se debe señalizar que se prohíbe la circulación simultánea en contraflujo.


Las escaleras cuando tengan descansos, éstos deberán tener al menos 56 cm para las de tramos rectos utilizados en un solo sentido de flujo a la vez, y de al menos 90 cm para las de ancho superior


Todas las huellas de las escaleras rectas  tienen el mismo ancho y todos los peraltes la misma altura, con una variación máxima de ± 0.5 cm


En las escaleras con cambios de dirección o en las denominadas de caracol, el peralte está  siempre de la misma altura;


Las huellas de los escalones en sus tramos rectos tienen una longitud mínima de 25 cm (área de contacto) y el peralte una altura no mayor a 23 cm


Las orillas de los escalones son redondeadas


Las escaleras con barandales que cuenten con espacios abiertos por debajo de ellos, tienen al menos una baranda dispuesta paralelamente a la inclinación de la escalera y cumple con lo siguiente: El pasamanos debe estar a una altura de 90 cm ± 10 cm; Los pasamanos deben ser continuos, lisos y pulidos; Cuando las escaleras tengan un ancho de 3 m o más, deben contar con un barandal intermedio y uno en los extremos


Las rampas cumplen con las siguientes condiciones: Las cargas que por ellas circulen no deben sobrepasar la resistencia para la que fueron destinadas; No deben tener deformaciones que generen riesgos a los transeúntes o vehículos que por ellas circulen, sin importar si son fijas o móviles. En las rampas móviles se deberá indicar la capacidad de carga máxima;  Las que se utilicen para el tránsito de trabajadores, deben tener una pendiente máxima de 10%; si son para mantenimiento deben tener una pendiente máxima de 17%. Cuando estén destinadas al tránsito de vehículos, deben ser igual al ancho del vehículo más grande que circule por la rampa más 60 cm; Cuando la altura entre el nivel superior e inferior exceda de 150 cm, deben contar con barandal de protección lateral;


Escalas fijas cumplen con: Deben tener un ancho mínimo de 40 cm, y cuando su altura sea mayor a 250 cm el ancho mínimo  será de 50 cm, La distancia entre peldaños no debe ser mayor de 38 cm; La separación entre el frente de los peldaños y los objetos más próximos al lado del ascenso, debe ser por lo menos de 75 cm; En el lado opuesto al de ascenso, la distancia entre los peldaños y objetos sobresalientes debe ser por lo menos de 20 cm; Deben tener espacios libres de por lo menos 18 cm, medidos en sentido transversal y hacia afuera en ambos lados de la escala; Al medir la inclinación de la escala desde la parte opuesta a la de ascenso, con respecto al piso, ésta debe estar comprendida entre 75 y 90 grados; Deben contar con protección circundante de un diámetro de dimensiones tales que permita el ascenso y descenso de los trabajadores de forma segura a partir de 200 cm ± 20 cm del piso y, al menos, hasta 90 cm por encima del último nivel o peldaño al que se asciende; Cuando la altura sea mayor a 6 m, debe permitir el uso de dispositivos de seguridad, tales como línea de vida; Deben tener descansos por lo menos cada 10 m de altura y éstos deben contar con barandal de protección lateral, con una altura mínima de 90 cm, intercalando las secciones, a excepción de las escalas de las chimeneas; En caso de contar con estructuras laterales para el soporte de los peldaños, éstas deben prolongarse por encima del último nivel de acceso de la escala por lo menos 90 cm, ser continuas y mantenerse en tal estado que no causen lesiones en las manos de los trabajadores, y permitir el ascenso y descenso seguro


Las escalas fijas, cuyos peldaños son alcayatas incrustadas o soldadas de forma alternada a ambos costados en los postes que soportan cables de telefonía o de energía eléctrica, cumplen con las siguientes condiciones:
i. Los peldaños deben ser de materiales con resistencia a la corrosión y resistencia mecánica
suficiente para soportar el peso del trabajador;
ii. Las distancias entre alcayatas de un mismo costado no deben ser superiores a 90 cm, de tal manera que entre alcayatas alternadas las distancias sean iguales o menores a 45 cm;
iii. La alcayata debe sobresalir al menos 20 cm del lugar empotrado o soldado, para soportar al trabajador, y
iv. La alcayata debe ser lisa para evitar daños en las manos de los trabajadores.


En operaciones de carga y descarga se frenan y bloquean las ruedas de los vehículos, cuando éstos se encuentren detenidos.


La velocidad máxima de circulación de los vehículos se encuentran señalizada en las zonas de carga y descarga, en patios de maniobras, en establecimientos y en otras áreas de acuerdo al tipo de actividades que en ellas se desarrollen para que sea segura la circulación de trabajadores, personal externo y vehículos.


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